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Algunas reflexiones sobre el tratamiento periodístico de la Ley Orgánica Reguladora de la Responsabilidad Penal del Menor

Posted on : 21-07-2009 | By : leoword | In : Uncategorized

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By defensamenores
on denuncia

 

Aunque un poco anticuado, reproducimos un artículo que
se escribió acerca del tratamiento periodistico que se dio a la ley
penal en su puesta en vigor.

En los 6 años de aplicación todo lo que plantea este
texto no ha hecho más que aumentar, por lo que vemos necesario remarcar
el papel cómplice que están teniendo los Medios en la conformación de
la infancia como una factor de riesgo para la sociedad.

Esta inercia desinformativa está siendo ampliada en
el tratamiento a las noticias de agresiones a profes y niños en los
colegios, inexistiendo un análisis profundo en los medios que
participan en el debate público.

“Resulta alarmante la campaña manipuladora que están
haciendo los grupos de presión a través de los medios de comunicación
para convencer a los ciudadanos y votantes en particular que nos
enfrentamos a la proliferación de niños violentos, locos, drogadictos;
a una violencia juvenil que debe ser atajada por los medios que sean.
Poco a poco se va consiguiendo que los ciudadanos crean en la
existencia de niños y adolescentes “monstruos” frente a los que no
caben los derechos humanos, las Declaraciones sobre infancia, ni los
tratados internacionales. Con el tiempo se está creando un espacio de
indefensión jurídica, de abuso institucional, de corrupción de menores
y de mercado de niños.

Igual de sospechoso resulta el chaparrón de noticias,
en el que la muerte y la violencia se asocian sistemáticamente a los
niños. Todos los días los medios de información / adoctrinamiento
parecen estar dispuestos a conmocionarnos con el caso de algún
chiquillo que, sin aparente motivo, o es victima de su parentela o es
él quien les ha rebanado la nuez. Y por si el catálogo de horrores
vecinales fuera escaso, un día y otro y otro nos traen a cuenta el
horror de los chiquillos que se lían a tiros en los patios de un remoto
colegio norteamericano o… vete tú a saber cuál será el sofocón de la
prensa matutina de mañana.

Salta a la vista que se está procurando la saturación
de noticias en esa dirección. En cualquier época y lugar puede ocurrir
lo excepcional por indeseable que sea, pero ese afán por acumular
noticias de menores peligrosos o en peligro no ocurre por casualidad.
De nuevo la muerte como utilidad. A alguien le interesa que
desconfiemos de los muchachos y sobre todo, que sean ellos quienes
desconfíen de sí mismos. Alguien tiene muy bien aprendido aquello de
divide y vencerás y cultiva con sorprendente soltura la disgregación
interior y la disgregación social: padres sospechosos contra hijos
sospechosos, alumnos contra profesores, mujeres contra maridos, el
acoso sexual relegando a segundo plano a la esclavitud laboral.

La aprobación y posterior entrada en vigor de la Ley
Orgánica Reguladora de la Responsabilidad Penal del Menor viene a
sumarse, como materia informativa, al universo periodístico “menores
problemáticos”. Y esta incorporación se realiza en la línea informativa
anteriormente citada.

Se pueden encontrar dos grandes grupos de noticias en relación a dicha Ley:

- Las informaciones sobre menores que delinquen, se
siguen construyendo de la misma forma, destacando el acontecimiento
aislado, personificando excesivamente dichos acontecimientos y
apoyándose en la dramatización informativa. De esta forma, se responde
–aun así de forma anecdótica y espectacularizada- al qué, quién y cómo,
abandonando en el camino periodístico el por qué, o aludiendo a sus
razones más inmediatas. El lenguaje es un instrumento al servicio de
esta línea informativa. Este amarillismo, casi al modo de los
folletines truculentos que se publicaban por entregas en la prensa
durante el siglo XIX, domina sobre la información contextualizada, e
impide reflexionar sobre el sentido de los acontecimientos, aunque se
envuelva en un aparente sensación de objetividad. Paradigmas
informativos en este sentido serían, por ejemplo, casos como los del
“Crimen de San Fernando”, en Cádiz, o el “Crimen de la Movida”, en
Sevilla.

En estas informaciones, la Ley Orgánica Reguladora de
la Responsabilidad Penal del Menor viene a sumarse como un aspecto
informativo presente en las mismas. En el período previo a su entrada
en vigor, predominan las noticias en las que se destacan las ventajas
que para los menores acusados en estos delitos va a suponer la puesta
en marcha de la Ley. En estas noticias, sobre todo en la construcción
de los titulares, se crea un juicio paralelo al que va a transcurrir en
los Juzgados: “Las asesinas de Clara serán excarceladas” (El Correo,
12/01/00): esta noticia se publica cuando aún no ha comenzado el juicio
y dentro de la propia noticia podemos leer que la puesta en libertad de
las menores es una posibilidad y no un hecho ya verificado. En la misma
información se recogen declaraciones del presidente de la Audiencia
Provincial de Huelva y magistrado del Tribunal Supremo de Justicia de
Andalucía, Joaquín Sánchez Ugena, afirmando que “no se puede dejar en
la calle a asesinos y violadores por el hecho de que tengan menos de 18
años, ya que este tipo de hechos puede provocar un “clamor popular e
incluso linchamientos”.

- También encontramos noticias específicas sobre la
propia Ley Orgánica Reguladora de la Responsabilidad Penal del Menor.
En ellas, se destacan reiteradamente una serie de aspectos.

Por un lado, la falta de los recursos necesarios para
que su puesta en marcha no sea un fracaso; por otro, se transmite
continuamente la idea de que, con la entrada en vigor de la Ley, se
“abrirán las cárceles para muchos jóvenes” (El Correo, 21/11/01). Esta
última información se ofrece a través de datos, que muchas veces son
estimaciones, pero que dan sensación de objetividad y rigor científico.

Otro ejemplo en torno a estas ideas lo encontramos en
la noticia “Falta dinero y sobran menores conflictivos” (El Correo,
14/01/01), en la que se insiste en la falta de recursos humanos y
materiales para aplicar la Ley en condiciones adecuadas, así como la
impunidad que puede suponer para los menores infractores. De esta
forma, la falta de recursos se centra en la puesta en libertad de
menores implicados en casos de homicidios, por falta de equipos
técnicos cuyos informes son obligatorios para emitir una determinada
medida (por ejemplo, “Jóvenes acusados de homicidio, en libertad por
falta de medios”, El Mundo, 22/06/01). Sin embargo, no se hace
referencia a que la falta de recursos afecta de forma general y más
grave a todas aquellas medidas que se pretenden educativas en dicha Ley.

Detrás de cada menor que delinque
existe una complejidad realidad y una responsabilidad colectiva en
torno a qué tipo de sociedad estamos construyendo y qué tipo de
comportamientos se potencian en la misma. Sin embargo, una vez
producido un determinado comportamiento considerado “disocial”, esta
responsabilidad recae exclusivamente sobre el menor, presentado como un
“monstruo” capaz de cometer los actos más aberrantes. Los menores que
cometen delitos son desterrados como objeto de protección y se
convierten en una “carga”.

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