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El TSJ confirma la incapacidad laboral de un pintor con sida, hepatitis C y cirrosis

Posted on : 24-09-2009 | By : leoword | In : Uncategorized

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado el
recurso interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social
contra una sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Valladolid
por la que se concedía la incapacidad laboral absoluta a un trabajador
de 47 años que padece sida, fibrosis hepática con cirrosis y hepatitis
crónica de tipo C ‘muy contagiable’. El fallo permitirá a este hombre,
especializado en reformas del hogar, cobrar una pensión de 613,87 euros
al mes.


En los fundamentos de derecho, la sala de lo Social del
TSJ considera que el cuadro clínico del enfermo ‘tiene amparo
probatorio suficiente’, sin que se hayan producido errores en la
valoración, por lo que procede a desestimar el primer motivo del
recurso de la entidad gestora.

Las dolencias físicas de A. A. se
agravan con una depresión severa debido a su estado. De hecho, en los
antecedentes se recuerda los términos de la primera sentencia en los
que se destaca que el trabajador autónomo no responde a los
tratamientos. La patología que presenta el paciente se considera ‘de
carácter crónico, irreversible, de pronóstico negativo por su evolución
progresiva hacia el empeoramiento y agravamiento clínico y
sintomatológico’. ‘No existen posibilidades terapéuticas curativas’,
concluye.

La sentencia emitida por el Tribunal Superior el
pasado 29 de mayo reconoce que el actor ‘evidentemente no puede
realizar trabajos de esfuerzo pues la infección VIH, la hepatitis
crónica y la cirrosis han de impedirlo y así lo viene a reconocer la
entidad gestora al conceder la incapacidad total para la profesión de
pintor’. Asimismo, se añade que A. A. padece una depresión, astenia
intensa, fatiga, disnea a medianos y mínimos esfuerzos, dolores
musculares generalizados y otra serie de manifestaciones que originan
la dificultad de concentración. El TSJ asegura que la incapacidad
laboral implica no solo el poder realizar alguna actividad
esporádicamente, sino el realizar un trabajo completando una jornada en
condiciones de competitividad. ‘Esta sala no puede sino coincidir con
la juez en que no es pensable que el actor pueda incardinarse en el
mercado laboral en unas mínimas condiciones de competitividad, por lo
que procede desestimar el recurso’, se lee.

El letrado de UGT
Francisco Ferreira, encargado de defender los intereses del trabajador
A. A., mostró su satisfacción por el fallo emitido por el Tribunal
Superior y añadió que las graves dolencias de su cliente las avala,
además, la pérdida de poder adquisitivo a las que se va a enfrentar, al
pasar de ganar importantes cantidades de dinero por su trabajo como
pintor a cobrar una pensión de 613 euros.

En el 2004 el TSJ
también ratificó el grado de incapacidad absoluta para un empleado de
Fasa Renault que padecía sida y patología psiquiátrica. Entonces, la
Seguridad Social también negó la cobertura al trabajador y recurrió el
fallo del juzgado de lo Social número 3.

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