Destacados

Seguridad en la red. .1• Instala un buen antivirus que sea conocido y lleve un tiempo en el mercado. Actualízalo a menudo para evitar cualquier amenaza en tu ordenador. 2• Utiliza contraseñas con letras,...

Readmore

1485 movistar. JA, JA, JA HASTA CUANDO. Lo pongo en mayúscula porque grito de indignación. . Quería comentar mi experiencia con el kit prepago y el servicio de atención al cliente 1485 de movistar: El pasado día 4...

Readmore

Censura en facebook Me manda mi amigo Ascolopendro peptido de circularframe un mail en el cual me cuenta que facebook le ha censurado lo siguiente: Comentario de Rajoy y Don Pimpón: Confirmado, Rajoy y Don Pimpón...

Readmore

Disformismo - Definicion: Se denomina diformismo sexual a las variaciones en la fisonomía externa que se presentan entre los individuos machos y hembras de una misma especie. El disformismo salta a la vista......

Readmore

Ayuda a la gente. - “Me gustaría ayudar a la gente, pero no sé cómo”. ¿Cuántos de vosotros habéis pensado esto alguna vez? Imagino que, si no todos, casi todos. Miaportacion.org es un proyecto de Manuel Roca,...

Readmore

  • Prev
  • Next

Normativa contra el spam telefónico

Posted on : 05-01-2010 | By : leoword | In : Telefonía

Tags: , ,

0

- En el último BOE del año se publicó la Ley 29/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios.

En su Artículo 29 se regulan las Prácticas agresivas por acoso, entre las que se incluyen el uso de medios de comunicación a distancia, concretamente en su párrafo segundo.

2. Igualmente se reputa desleal realizar propuestas no deseadas y reiteradas por teléfono, fax, correo electrónico u otros medios de comunicación a distancia, salvo en las circunstancias y en la medida en que esté justificado legalmente para hacer cumplir una obligación contractual.

El empresario o profesional deberá utilizar en estas comunicaciones sistemas que le permitan al consumidor dejar constancia de su oposición a seguir recibiendo propuestas comerciales de dicho empresario o profesional. Para que el consumidor o usuario pueda ejercer su derecho a manifestar su oposición a recibir propuestas comerciales no deseadas, cuando éstas se realicen por vía telefónica, las llamadas deberán realizarse desde un número de teléfono identificable.

Este supuesto se entenderá sin perjuicio de lo establecido en la normativa vigente sobre protección de datos personales, servicios de la sociedad de la información, telecomunicaciones y contratación a distancia con los consumidores o usuarios, incluida la contratación a distancia de servicios financieros.

Puedes descargar la ley completa aquí (pdf).

Write a comment